Demanda por Lesiones Personales: los Documentos Iniciales para la Corte

Tramitando una demanda

Los pliegos o alegatos se refiere a los papeles legales tramitados en una corte de leyes. El trámite de los papeles legales en la corte marca el inicio de una demanda. A continuación algunos de los términos con los que debería estar familiarizado. El término exacto podría variar de estado a estado.

Petición

A la petición también se le conoce comúnmente como la queja. Una demanda civil se inicia típicamente de manera formal con el trámite de un documento legal conocido como queja. Los propósitos primarios de la queja son darle al acusado el aviso e informar a la persona u organización acerca de la naturaleza y los hechos básicos del caso. Una queja afirma el reclamo (s) en contra del acusado, la base sobre la cual la corte puede ejercer jurisdicción sobre el caso, los hechos básicos, y la solución en particular buscada (los cuales no necesitan estar especificados en montos en dólares sino más bien pueden indicar el tipo de daños solicitados, tales como daños y perjuicios y reales). Es la declaración formal de todos los alegatos generales de lesiones que el demandante buscara probar fueron causados por el acusado.

La queja también contendrá una declaración de la jurisdicción de la corte en el asunto. También constituye una solicitud formal a la corte para dirigirse de nuevo de acuerdo a la ley en la forma de un juicio para el demandante. Habrá una demanda de solución, generalmente daños monetarios por un monto específico.

Citatorio y Notificación

Una vez que la queja ha sido tramitada, el oficinista de la corte emitirá un citatorio firmado con el sello y nombre de la corte. Un citatorio enlista a todas las partes en la demanda y la corte de jurisdicción en la cual el caso será juzgado. Informa al acusado de que debe responder a la queja dentro de un período específico de tiempo. Cita al acusado a presentarse y defenderse a sí mismo.

Una copia de la queja y el citatorio es entregado al acusado. Esta es la notificación judicial. La corte debe contar con prueba de que el acusado ha sido legalmente y oficialmente notificado de la demanda y de la necesidad del acusado de responderla. Sólo entonces ejercerá jurisdicción sobre el acusado. La notificación judicial también proporciona a la corte jurisdicción personal sobre el acusado nombrado. La queja y el citatorio deben ser entregados juntos en persona por una persona que no sea parte de la demanda y que tenga al menos 18 años de edad. La notificación también puede ser hecha bajo ciertas condiciones por un mariscal de los Estados Unidos, mariscal sustituto, u otra persona especialmente designada por la corte para dicho propósito. La entrega personal (es decir, en mano) al acusado nombrado se le conoce como notificación real. Usualmente no es necesario que el acusado sea el que recibe siempre y cuando que una “persona de edad y discreción adecuadas” dentro de la vivienda reciba la copia.

Respuesta

El siguiente paso típicamente dado en una demanda civil es el trámite de la respuesta por parte del acusado. De acuerdo a las reglas federales, un acusado generalmente cuenta con 20 días a partir de la fecha de la notificación para tramitar una respuesta u otro pliego o alegato apropiados. Si el acusado se encuentra en los Estados Unidos o es un oficial o agencia federal, el tiempo máximo para una respuesta es de 60 días. Restricciones de tiempo similares se aplican en la mayoría de las cortes estatales, aunque los periodos varían entre los estados. En la mayoría de los estados, el acusado cuenta con 30 días para responder al reclamo.

El acusado cuenta con una gama de opciones para responder al reclamo del demandante. Estas opciones por lo general no son mutuamente exclusivas y por tanto pueden ser usadas alternativamente o en combinación. El propósito primario de la respuesta, también llamada el pliego responsivo del acusado, es contrarrestar los alegatos del demandante. En otras palabras, el acusado debería demostrar porque el demandante no debería ganar. El acusado también puede involucrarse en varias negaciones, alegar una defensa afirmativa, e incluso tramitar una contrademanda, solicitando daños por parte del demandante u otros individuos o entidades. El acusado también puede promover una moción para rechazar en base a algunas de las defensas.

Contrademanda

La contrademanda es simplemente un reclamo hecho por el acusado en contra del demandante, el cual, de ser aprobado, podría cancelar o disminuir el monto de los daños a los cuales del demandante podría tener derecho. Las contra demandas pueden ser tramitadas con la respuesta o como un documento por separado.

Respuesta a la Contrademanda

Si Se tramita una contrademanda, generalmente se requiere que el demandante responda de la misma manera que cualquier otro acusado tendría que hacerlo frente a un reclamo y por tanto debe seguir las reglas de procedimiento usuales.

Reclamo Cruzado

Los reclamos o demandas cruzados pueden surgir cuando existen múltiples acusados o demandantes en una demanda, y dos o más de ellos tienen sus propias disputas que surgen de la misma ocurrencia que resultó en la demanda. Por ejemplo en un accidente involucrando a muchos vehículos, si Tom y Harry están siendo demandados por Jack, Harry puede tramitar una demanda cruzada en contra de Tom en la misma demanda tramitada por Jack.

Respuesta al Reclamo Cruzado

La persona en contra de quien el reclamo cruzado se hace debe responder al reclamo o demanda cruzado. La respuesta va en el mismo formato de la respuesta a una queja.

Queja de terceras partes

El acusado puede traspasar su responsabilidad a otra parte o persona. En dichos casos, el acusado puede tramitar una queja de terceras partes en contra de dicha parte o persona y dicha parte o persona debe hacerse parte de la demanda. Los contenidos de los reclamos por terceras partes son similares a la queja.

Respuesta a un reclamo de terceras partes

La persona o parte en contra de quien se realiza un reclamo de terceras partes debe responder a la demanda cruzada. La respuesta se hace en el mismo formato para la respuesta a una queja.


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