Demanda por Lesiones Personales contra el Gobierno

Usted podría tener un reclamo por lesiones personales en contra de la entidad de gobierno responsable por el mantenimiento del semáforo. Es importante que presente su aviso de reclamo dentro del tiempo límite prescrito por la ley estatal. La disposición del aviso de reclamo tiene la intención de permitirle al gobierno (agencia o empleado) de saber que usted pretende hacer un reclamo y permitir al gobierno (agencia o empleado) responder a su reclamo. El gobierno aceptará o rechazará su reclamo. Si usted no tiene noticias del gobierno dentro de un tiempo razonable, debe presumir que su reclamo ha sido denegado y proseguir con pasos adicionales de lo contrario su reclamo será detenido por el estatuto de limitaciones. Si el gobierno (agencia o empleado) rechaza su reclamo, usted puede tramitar una demanda en contra del gobierno (agencia o empleado) buscando compensación. La corte no atenderá su demanda si usted no dio aviso conforme lo requerido por ley. Cada agencia o departamento de gobierno podrían tener requerimientos específicos que deberán ser satisfechos cuando haga con reclamo en contra de ellos.

[5:1] Demandas contra Entidades de Gobierno—Pre Requisito de Reclamo Formal De Acuerdo al Acta de Reclamos al Gobierno: generalmente, no se pueden iniciar demandas por dinero o daños en contra de una entidad el gobierno (o en contra de un empleado de gobierno que actúa dentro del ámbito de su empleo) a menos que y sólo que se haya presentado un reclamo a tiempo en concordancia con el Acta de Reclamos contra el Gobierno (Gov.C. § 810 et seq.) y llevada a cabo o considerada rechazada por el paso del tiempo. [Gov.C. §§ 945.4, 950.2, 912.4; vea City of Stockton v. Super.Ct. (Civic Partners Stockton, LLC) (2007) 42 C4th 730, 741–742, 68 CR3d 295, 304–305 & fns. 6, 7; y Stanley v. City & County of San Francisco (1975) 48 CA3d 575, 581–582, 121 CR 842, 846–847 (rechazando los cuestionamientos constitucionales de “protección igualitaria” y “proceso debido” para reclamar el requerimiento de trámite)]

[1:7.6] Periodo de trámite de reclamo del Acta de Reclamos al Gobierno: Si hay una potencial responsabilidad de una entidad de gobierno o empleado de gobierno, El Acta de Reclamos al Gobierno de California requiere que se tramite un reclamo formal con la entidad dentro de los seis meses de sucedida la causa de acción (Gov.C. § 911.2). Esta regla opera independientemente del estatuto de limitaciones que impide demandas en contra de la entidad si el reclamo no es tramitado a tiempo (¶ 5:1 ff.).

Periodo de trámite de reclamo contra entidad de gobierno: De igual modo, si una entidad de gobierno puede ser un acusado potencial, avisar al demandante del plazo límite de seis meses para tramitar el reclamo de acuerdo al Acta de Reclamos al Gobierno de California (Gov.C. § 911.2). Podría ser necesario aceptar representación simplemente por el propósito de tramitar dicho reclamo, en el entendido de que no está aceptando empleo para propósitos de acusación de una demanda eventual.(Vea la discusión detallada de los requerimientos de trámite de reclamo acorde al Acta de Reclamos al Gobierno en ¶ 5:1 ff.)


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