Compensación para Trabajadores: Responsabilidades del Patrón

La mayoría de los estados obligan a los patrones pagar cobertura de compensación para trabajadores. Los patrones están obligados por las leyes estatales a hacer uso de un seguro para sus empleados. Las pequeñas empresas con tres a cinco empleados podrían no ser requeridas más, pero las compañías más grandes están. Las compañías realmente grandes podrían incluso estar autorizadas a auto asegurarse o actuar como sus propias compañías de seguro de compensación para trabajadores. Estas compañías cargarán con todo lo que está requerido y cubierto por compensación para trabajadores ordinaria conforme a la fórmula aprobada por el estado.

A menos que los patrones estén específicamente permitidos por la ley a no tener seguro de compensación para trabajadores, el incumplimiento en obtener uno para sus empleados pone al patrón sujeto a multas, responsabilidad criminal y responsabilidad civil.

Consecuencias

Sin un patrón incumple en proporcionar seguro de compensación para trabajadores, podrían ser sujetos a lo siguiente:

  • Acusación criminal
  • Multas
  • Una demanda tramitada por un empleado que esté ejerciendo la opción de demandar al patrón en lugar de tramitar un reclamo por compensación
  • Responsabilidad personal del patrón por cualquier beneficio de compensación para trabajadores debido a los trabajadores lesionados

Deberes

  • En la mayoría de los estados, los patrones están obligados a hacer lo siguiente en adición a adquirir seguros de compensación para trabajadores:
  • Publicar un aviso de cumplimiento con las leyes de compensación para trabajadores en un lugar visible en cada centro de trabajo;
  • Proporcionar tratamiento médico de emergencia inmediato para empleados que sufren lesiones en el trabajo;
  • Arreglar atención médica adicional si un trabajador lesionado es incapaz de elegir a un médico o aconseja al patrón por escrito del deseo de no hacerlo;
  • Completar un reporte de la lesión y enviarlo por correo a la oficina del Consejo de compensación para trabajadores más cercana. También envíe por correo el reporte a la compañía de seguro del patrón. Un patrón que se rehusa o niega a hacer un reporte de lesión podría ser culpable de delito menor, castigado con una multa;
  • Haga un reporte por escrito de cada accidente que resultó en lesión personal que cause pérdida de tiempo de los deberes regulares más allá del día del trabajo o turno en el cual ocurrió el accidente o que requiere tratamiento médico más allá de primeros auxilios o más de dos tratamientos por un médico o personas que proporcionen primeros auxilios;
  • Cumpla con todas las solicitudes de información adicional respecto a trabajadores lesionados por parte de el consejo de compensación para trabajadores o la compañía de seguro, tales como estados de cuenta de los ingresos del empleado antes y después del accidente, reportes de la fecha de regreso al trabajo del empleado, u otros reportes que podrían ser requeridos para determinar el estado de trabajo del empleado después de la lesión.

Deber del Patrón de No Contraatacar

Los patrones en ocasiones podrían desquitarse de empleados que tramiten un reclamo por compensación para trabajadores. A fin de proteger a los empleados de cualquier forma de discriminación u hostigamiento del patrón debido a sus reclamos por compensación para trabajadores, algunos estados tienen leyes que permitirían a un empleado tramitar una demanda civil en contra de patrones que podrían emplear dicho despido del trabajo para desquitarse del empleado.

Si el empleado decide perseguir una demanda por despido por contraataque, deben probar al juez o jurado que han sido despedidos injustificadamente. Sin embargo, no necesariamente tiene que ser probado que el despido fue el resultado de solamente un reclamo por compensación para trabajadores.

Además de despido o terminación, el patrón podría aún así usar métodos más sutiles para desquitarse del empleado tales como reducir el salario o degradarlo. Los empleados lesionados tienen protección de dichos actos discriminatorios inmediatamente luego de la lesión y previo al trámite de reclamo formal de compensación para trabajadores.


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