Muerte Culposa: Privilegio Médico-Paciente

Un asunto que surge en la mayoría de los casos por muerte culposa es el privilegio médico-paciente. Este privilegio protege los registros médicos del paciente de su divulgación. Generalmente, el médico no puede divulgar ninguna información que pudiera haber obtenido mientras atendía al paciente como médico a menos que el paciente haya renunciado a dicho privilegio.

Renuncia al Privilegio Médico-Paciente

La muerte del paciente no resulta en una renuncia del privilegio médico-paciente ni tampoco significa que el privilegio se ha vuelto absoluto. Dependiendo de las leyes estatales, los dependientes o representante personal que sobreviven al paciente difunto podrían renunciar al privilegio en nombre del paciente. Muchos médicos y hospitales ven esto como una violación al privilegio y son reacios a proporcionar información a los abogados. En algunos estados, la ley expresamente permite la divulgación de información a otros médicos y hospitales pero no menciona sobre divulgación a abogados.

El derecho de un demandante en una demanda por muerte culposa a obtener acceso a los registros médicos del paciente difunto para cualquier propósito que no sea la demanda por muerte culposa es un asunto altamente debatido. El derecho se vuelve absoluto cuando alguien busca acceso a los registros para tramitar una demanda. Finalmente, un representante personal debe ser designado antes de que los registros médicos puedan ser accesados. El trámite de una demanda por muerte culposa podría resultar en una renuncia al privilegio por la operación de la ley más aún si la salud del paciente es un problema. El médico debe generalmente proporcionar la información solicitada excepto aquella información que de ser divulgada, causará desgracia al paciente..

Acciones Combinadas

Cuando se tramita una demanda por negligencia o lesiones personales, el privilegio es considerado renunciado en términos de todos los tratamientos médicos conectados con la demanda. Incluso en un reclamo por muerte culposa, el familiar más cercano/miembros de la familia del paciente podrían recuperar compensación por dolor y sufrimiento que el paciente podría haber sufrido previo a su muerte.


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